La ley 31/95 de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales en su Artículo 14 dice:

" Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales.

Este deber de protección constituye, igualmente, un deber de las Administraciones públicas respecto del personal a su servicio.

Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos en la presente Ley, forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo."

 

Todo trabajador de Hostelería tiene derecho a:

  • Recibir información y formación en materia preventiva.
  • Contar con una protección eficaz en cuanto a seguridad y salud en el trabajo.
  • Vigilancia periódica de la salud.
  • Paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente.

 


Funciones y responsabilidades de los trabajadores:

...

Utilizar adecuadamente los equipos de trabajo.

...

Conocer y cumplir con la señalización existente en los lugares de trabajo.

...

Respetar las normas de seguridad existentes en la empresa y en su puesto de trabajo.

...

Comunicar a los delegados de prevención o a su superior la existencia de situaciones de riesgo observadas

El incumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador puede ser sancionado por la empresa

 

Responsabilidad de empresa usuaria y de la ETT

En las relaciones de trabajo a través de empresas de trabajo temporal, la empresa usuaria, será responsable de las condiciones de ejecución del trabajo en todo lo relacionado con la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores (Art. 28, LPRL).

Con carácter previo a la celebración del contrato de puesta a disposición, la empresa usuaria deberá informar a la empresa de trabajo temporal sobre:

  • Las características del puesto a desarrollar.
  • Riesgos profesionales y aptitudes, capacidades y cualifacaciones profesionales requeridas, desde el punto de vista de la protección de la salud y seguridad del que trabaja.

Previo inicio de la prestación de servicios, la empresa de trabajo temporal deberá informar al trabajador sobre los riesgos derivados de su puesto de trabajo, así como de las medidas de protección y prevención contra los mismos.

Esta información provendrá de la Empresa Usuaria por lo que es clave una correcta coordinación entre todas las partes.